Si ya te has decidido a comprar una de nuestras autocaravanas de segunda mano baratas es hora de que te empieces a poner al día con la legislación. Nosotros en este post queremos centrarnos en la cuestión de la velocidad máxima permitida en España.
Con la reforma del Reglamento General de Circulación (RGC) en 2006, las autocaravanas dejaron de estar sujetas al límite de 90 km/h en autopista. Los límites de velocidad que figuran en el Reglamento General de Vehículos (RGV) están basados en la clasificación por destino de construcción de la ficha técnica de cada vehículo. Desde Automovilistas Europeos Asociados (AEA) consideran que con la actual legislación se puede circular a 120 km/h. En Autocaravanas Camperdadi te recordamos que, en la mayoría de países de la UE, se equiparan las autocaravanas a los turismos en lo relativo a los límites de velocidad.
Las autocaravanas clasificadas en la ficha técnica como 30 o 31 (según el RGV) deben circular a un máximo de 100 km/h en autovías y autopistas y las clasificadas como 24 a 90 km/h. Como empresa de venta de
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te recordamos que estas tienen la consideración de “vehículo especial”. La DGT en su Manual de Movilidad de Autocaravanas dice que por eso mismo las velocidades máximas autorizadas deberían equipararse a las de los “vehículos mixtos adaptables”, es decir, 100 km/h en autovías y autopistas. Como ves, la tendencia es adaptar la norma española a la de los diferentes países de la UE